jueves, 21 de octubre de 2010

El Consumidor

Son Consumidores las personas naturales o jurídicas que adquieren algún bien o contratan un servicio, mediante el pago de un precio o de una tarifa, para hacer uso de ellos como destinatarios finales, vale decir, para aplicarlos en la satisfacción de sus necesidades personales o de su grupo familiar.

Los consumidores, en tanto personas naturales, son las mujeres u hombres que como particulares, por ejemplo, compren leche para consumirla o una lavadora para lavar la ropa en casa; o quienes coman en un restaurante, viajen en tren o bus, asistan al cine; o quienes compren un automóvil, lleven a reparar una plancha, etc.
También se define consumidor como la persona o conjunto de personas que satisface sus necesidades mediante el uso de los bienes y servicios generados en el proceso productivo.
Un consumidor es aquella persona que piensa comprar o ha consumido un producto determinado, eligiéndolo entre los de la competencia. Esto implica que el producto que se acerque mejor a las preferencias de un individuo determinado estará en una mejor posición a la hora de convertir a este individuo en un cliente.

El Consumidor tambien tiene deberes y responsabilidades


Responsabilidades de los Consumidores:

Todos los derechos suponen, como contrapartida, los correspondientes deberes o responsabilidades. Algunos de ellos son:

Conocer y ejercer los derechos del consumidor antes, durante y después de la compra de un producto o la contratación de un servicio.

Informarse responsablemente sobre las características relevantes de los bienes y servicios ofrecidos.

No dejarse presionar para elegir lo que necesita comprar.

Adoptar las medidas necesarias para evitar riesgos derivados del uso o consumo de bienes y servicios.

Actuar de acuerdo a la Ley para obtener reparación o indemnización.

Adoptar conductas sostenibles de protección al medio ambiente.

No hacer denuncias infundadas o sin fundamentos en contra de proveedores.

Realizar las operaciones de consumo en el comercio establecido.



Promover conductas de no discriminación arbitraria en los actos de consumo.

Pedir siempre la factura de compra.

domingo, 3 de octubre de 2010

DERECHO DEL CONSUMIDOR

DERECHO DEL CONSUMIDOR


Derecho del consumo (o derecho del consumidor) es la denominación que se da al conjunto de normas emanadas de los poderes públicos destinada a la protección del consumidor o usuario en el mercado de bienes y servicios, otorgándole y regulando ciertos derechos y obligaciones.

En general, se considera consumidor o usuario a toda persona física o jurídica que contrata a título oneroso, para su consumo final o beneficio propio, o de su grupo familiar o social, la adquisición o locación de bienes o la prestación o arrendamiento de servicios.

El derecho del consumo no es una rama autónoma del Derecho, sino una disciplina transversal, con elementos que se encuadran dentro del Derecho mercantil, del Derecho Civil y otros dentro del Derecho Administrativo e incluso del Derecho Procesal.

El derecho del consumo cubre varios aspectos fundamentales de las relaciones entre los productores y los consumidores como lo son: los contratos de adhesión en los cuales se prohíbe las cláusulas abusivas que desequilibren la relación contractual en favor del proveedor; asegurando que el consumidor conozca por anticipado todas las condiciones generales de la contratación que el empresario pretende utilizar, la calidad de los bienes y servicios ofrecidos y sus requisitos mínimos, la regulación de la publicidad y de las ofertas dirigidas al público y, entre otras cosas enumera un elenco de infracciones por parte de los empresarios y las correspondientes sanciones a imponer por las autoridades competentes en materia de consumo.

El derecho del consumidor para la República de Panamá, está consagrado en la Ley 45 de 31 de octubre de 2007 y consta de los elementos sustantivos que regulan las relaciones de consumo y que además establece el procedimiento administrativo por los cuales el consumidor puede hacer valer sus derecho, a través de la institución del estado encargada de velar por el cumplimiento de la Ley; que es la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia, conocida en sus siglas como Acodeco.



Los Principales Derechos del Consumidor Panameño, regulados por la Ley 45 de 31 de octubre de 2007 son: el consumo, a elegir, a la información, a la seguridad, a la compensación y a ser escuchado.